domingo, 16 de febrero de 2014

"Tasa Google": si tienes un blog también te afecta, solo que otros la cobrarán por ti

Dinero

Cuando ayer profundizábamos sobre la “tasa Google” que propone la polémica reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, el usuario asdfgh2 nos preguntaba en los comentarios en qué nos afectaría a nosotros (y, por tanto, a los dueños de otros blogs o páginas). En teoría, si Google y otros agregadores dejan de enlazar a los medios que les piden una compensación, el resto podríamos salir beneficiados. Y digo en teoría, porque nada más lejos de la realidad. Si no quieres cobrar, no te preocupes, que otros cobrarán por ti.


Tal y como está redactado el texto actual, todas las “publicaciones periódicas que tengan una finalidad informativa” (por ejemplo, este blog) tienen derecho a exigir esta compensación a los agregadores. Pero ojo, porque es un derecho irrenunciable. ¿Qué quiere decir esto? Que si tienes un blog y Google News, por ejemplo, te indexa, automáticamente tienes que cobrarle una tasa, lo quieras o no. ¿Pero vas a cobrarla tú directamente? No, la va a cobrar CEDRO, la entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, que posteriormente la repartirá (quién sabe cómo) entre sus socios.


David Maeztu lo explica a la perfección en su blog:


La segunda cuestión es determinar a quienes “beneficia”, no sólo a los contenidos que ponen en las webs los medios de comunicación “tradicionales” (prensa, radio, televisión) si no a cualquier “sitio web de actualización periódica”.

Esto debe incluir cualquier blog, revista electrónica, etc, que se actualice con contenidos nuevos. No hay elementos suficientes para distinguir a estos efectos un blog de un periódico, sinceramente. Por lo tanto, cualquier blogger tendría derecho a cobrar de la web a la que sea agregado.


¿Y si utilizas una licencia Creative Commons? Tampoco te libras:


Y es un derecho irrenunciable y de gestión colectiva obligatoria, por lo que aunque uses una licencia Creative Commons el sitio que te agrega tendrá que pagar a la entidad de gestión en tu nombre. Es decir, la entidad de gestión que actúe para el pago de estos derechos, lo hará en tu nombre aunque no estés asociado y lógicamente, al no estar asociado no te pagará nada y lo repartirá entre sus otros socios.

El “canon” de la SGAE en versión web


¿Os resulta familiar esta cantinela? Es muy similar a la que tiene montada la SGAE : ellos cobran y luego reparten a sus socios las cantidades que creen conveniente. Con CEDRO ocurriría lo mismo. Todavía no sabemos qué criterios utilizarán para repartir este dinero, pero por ejemplo podría ser la tirada de los diarios en papel, las visitas… Hay muchas incógnitas, pero tal cual está redactado parece que la reforma está pensada para beneficiar a los periódicos tradicionales y perjudicar a los medios pequeños o de carácter online únicamente.


Ayer le dedicábamos un párrafo a este aspecto, pero ante la cantidad de comentarios he creído conveniente realizar un artículo a parte sobre esta cuestión. Sin embargo, una frase de @julioalonso que incluíamos ayer lo resume a la perfección: “Tienes derecho a cobrar, no puedes renunciar a ello, pero ya te lo administro yo…”, entendiéndose ese “yo” como CEDRO.


Los agregadores, entre la espada y la pared


En Bélgica, como decíamos ayer y ante una situación similar, Google News dejó de enlazar a los periódicos que exigían la compensación. Estos, al perder tráfico (a fin de cuentas todavía quedaban alternativas enlazadas, los que no querían cobrar) decidieron dar marcha atrás y terminaron pactando su regreso con el gigante buscador. De aprobarse la reforma de la LPI tal cual está formulada, esto podría no ocurrir así en España.


La entidad de gestión encargada (CEDRO según lo que se comenta) cobrará por todos y cada uno de las noticias “agregadas” que pertenezcan a medios con sede en España. Pongamos un ejemplo: si X periódico quiere cobrar y Z periódico no quiere cobrar, lo lógico sería que Google News no enlazase a X pero sí a Z. ¿El problema? Que CEDRO cobrará tanto por X como por Z. Si Z no reclama sus fondos, entonces ellos se los quedarán, pero cobrados están.


¿Cuáles son las alternativas? Llevarse la publicación fuera de España podría ser una de ellas. Otra, como apunta Maeztu, es que los medios online se creen una propia entidad de gestión de derechos y pedir a los agregadores el mínimo pago posible. De esta forma, estos podrían diferenciar entre unos (los que quieren “sobrevivir” a base de “compensaciones”) y otros (los que creen que esta Ley perjudica más que ayuda), y tampoco se cedería dinero por la cara a entidades como CEDRO.


En definitiva: el texto de la propuesta de Ley de Propiedad Intelectual incluye bastantes sorpresas y éstas son lo suficientemente poco claras que dan lugar a varias interpretaciones y posibilidades. De aprobarse finalmente esta Ley tal y como está (recordemos que antes tiene que pasar por el Congreso), no sólo estamos hablando de algo que beneficiará al sector online de la prensa tradicional, sino de algo que perjudicará, en su favor, a otras iniciativas de menor escala online que no tienen ningún interés en cobrar de los agregadores.


En Genbeta | ¿Cómo funcionará la “tasa Google” que el Gobierno ha introducido en la reforma de la LPI?


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La noticia "Tasa Google": si tienes un blog también te afecta, solo que otros la cobrarán por ti fue publicada originalmente en Genbeta por María González.










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